Dentro de las Obligaciones Institucionales establecidas en el artículo 36 del Código de Ética e Integridad para un Buen Gobierno en la Administración Pública Estatal, publicado en el Periódico Oficial, órgano de difusión oficial del gobierno constitucional del estado libre y soberano de Tabasco, el 18 de febrero de 2026, Época 7ª., Suplemento N, Edición: 8708, se establece que corresponde a las dependencias, órganos y entidades, constituir Comités de Ética, para la implementación, promoción, fomento y vigilancia, del Código de Ética, así como el Código de Conducta.

Buzón

Para la presentación delación  ante el Comité de Ética y de Prevención de Conflicto de Interés en el Conalep Tabasco puede hacerla:

Cuestionario de percepción del Código de Ética y Código de Conducta